Novedades en el juicio por la quema del edificio de Tribunales de Corral de Bustos.
Resolución del Fiscal General Federal de Córdoba quien otorgó la razón al planteo acerca de que la causa correspondiente a la fabricación y tenencia de bombas y materiales explosivos capaces de causar estragos pertenece a la Justicia Federal, y por lo tanto no debe ser Juzgada por la Justicia Provincial.
El Dr. Horacio Cordera, abogado defensor de tres imputados (Luna, Becerro y Guayanes) en el fuero Federal, dialogó con RADIO PANORAMA en la tarde de ayer.
“Tal cual lo manifesté en el mes de septiembre del año pasado, esta es una causa que debería haber sido tratada en la Justicia Federal y no en la Provincial, atento a que se había imputado un delito Federal correspondiente a la fabricación y tenencia de bombas y materiales explosivos capaces de causar estragos".
"Como se trata de un delito de la Justicia Federal y no Provincial, la Justicia Provincial no tenía competencia para Juzgar a los imputados y menos aún para sobreseerlos posteriormente".
El pasado 10 de marzo de 2011 el Fiscal Federal de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Córdoba, se expidió, ratificando la competencia Federal en la causa por la pueblada de Corral de Bustos, fundamentando la misma con tres puntos fundamentales.
El primero de ellos, es que el Juez Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Bell Ville no puede valorar lo ordenado por un Superior, sino que tiene que cumplir y obedecer con lo ordenado por el Superior.
Segundo, que el sobreseimiento de bombas dictado por la Justicia Provincial es nulo porque no ha sido dictado por un Tribunal competente; y tercero que la Cámara del Crimen de la ciudad de Bell Ville debió notificar el rechazo de su inhibición a la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Córdoba y no al Juez de Primera Instancia de la ciudad de Bell Ville.
Motivos por los cuales debe mantenerse la competencia Federal y revocar lo resuelto por el Sr. Juez Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Bell Ville en fecha 15 de Diciembre de 2010, remitiendo el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que dirima la cuestión de competencia trabada.
El día 10 de Marzo de 2011, la causa pasó a fallo en la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Córdoba, quien tiene un plazo de cinco días para resolver.
INFO: RED PANORAMA
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