La empresa INBACOR de Inriville presentó un recurso de amparo por excesos en la facturación de electricidad por parte de la Cooperativa Eléctrica de Inriville.
Esta empresa se dedica a producir aceite a partir de la molienda intensiva de soja. Para ello logró en su oportunidad un acuerdo con el ERSEP para que se autorice una tarifa ventajosa como GRAN CONSUMIDOR EN FUNDICION (esta figura es para industria de metales).
Sorpresivamente según la empresa, aquel acuerdo se dejó de lado y la Cooperativa pasó de un precio promedio (KV más capacidad instalada) de $0,13 a $0,39; y luego $0,48 etc.
El juez Valgañón hizo lugar al amparo y ordenó facturar a valores del acuerdo hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Consultadas las partes, el empresario Schiavoni manifiesta sorpresa y denuncia imposibilidad de diálogo, llevando la facturación a niveles insostenibles.
Entrevistado el gerente de la Cooperativa de Electricidad de la localidad de Inriville, el Cr. Horacio Giacone dijo que en realidad hubo un largo período con errores de facturación debido a que no funcionaban bien los medidores; y los importes cobrados fueron ridículos, porque ascendían a un promedio de $350 más la capacidad instalada de otros $400. Esto quiere decir que en suma promedio representaban aproximadamente $750 mensuales de energía para una planta industrializadora de soja en forma intensiva (24 horas diarias) donde obviamente muchos residenciales superan dicha cifra.
Comienza aquí una apelación de la Cooperativa de dicha localidad ante la Cámara Civil y Comercial de la ciudad de Marcos Juárez para intentar cobrar lo que no se facturó y ubicar a la empresa en el rango que corresponde y que no es el de FUNDICIÓN.
Conocidos estos hechos corresponde una evaluación de los acontecimientos donde nadie queda “bien parado”.
La empresa debió advertir formalmente por nota o carta documento que su “consumo” estaba mal establecido. Ellos dicen que “verbalmente” informaban sobre esta situación y desde la cooperativa no escuchaban.
Por otra parte la Cooperativa pedía 15.000 KV.
Finalmente cuando la cooperativa asume el error sale con todo a recuperar lo perdido y comienza una facturación desenfrenada que lleva a esta situación “caótica” que deberá resolverse con el ERSEP de por medio y las dos partes dispuestas a negociar.
Como reflexión quedan los acuerdos del ERSEP que homologa como Fundición el triturado de soja y el costo irrisorio de un KV relacionado por ejemplo con el comercio.
Seguramente la promoción industrial debe existir, pero las brechas son fantásticas y además a perpetuidad.
Como cierre un análisis breve sobre los comportamientos éticos y la eficiencia en este país.
INFO: RED PANORAMA
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