En los casos en que los padres del menor se encuentran casados, resulta suficiente la presentación de uno solo de ellos para que realice el trámite del menor.- Es indispensable acreditar el Matrimonio de los padres del menor, presentando Partida de Matrimonio certificada, DNI del progenitor que se presente y la Partida de Nacimiento del menor actualizada/certificada (la vigencia de la certificación es de 3 meses) junto al DNI.- En caso de no presentar la Partida de Matrimonio, el menor deberá estar acompañado indefectiblemente de ambos padres, para que presten el consentimiento, y los respetivos DNI.-
En los demás casos se requerirá la presencia y consentimiento expreso de ambos padres.- (DNI de los mayores, DNI y Partida de Nacimiento del menor), salvo que:
_ Uno de los padres hubiere fallecido, acreditar la Defunción con dicha Partida
Legalizada.-
_ Uno de los padres tenga el ejercicio exclusivo de la Patria Potestad de su hijo.-
Para ello deberá acreditar la Sentencia Judicial que la otorgue u homologación
de acuerdo, debidamente Legalizada.-
_ El Menor cuente con Tutor Designado: presentar el Testimonio de su
Designación, o copia Legalizada del mismo, que contenga la Autorización para
la tramitación del Pasaporte del Menor.
Lo expuesto corresponde a las nuevas disposiciones para la obtención del PASAPORTE DE MENOR, no implica la autorización para la salida de la República Argentina, la cual deberá cumplimentarse ante la Autoridad Migratoria como corresponde.
INFO: MUNICIPALIDAD DE LEONES
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PRONÓSTICO DEL TIEMPO EXTENDIDO
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