Se aprobó por unanimidad la ordenanza que prohíbe la comercialización, tenencia, uso y manipulación de las denominadas bombas de estruendo en la ciudad de Leones.
Se dispuso como autoridad de control de la presente ordenanza a la Dirección de Tránsito y Espectáculos Públicos de la Municipalidad y como autoridad de aplicación el Juzgado de Faltas Municipal.
Las infracciones a la presente ordenanza serán penadas con multas cuyos valores se establecen desde 100 UF hasta 300 UF, duplicándose en caso de reincidencia.
Se dispone que para el supuesto de que el infractor sea un comercio, además de las multas previstas en el artículo anterior podrá disponerse la clausura del mismo, desde un día hasta un máximo de treinta. El proyecto de ordenanza fue aprobado por unanimidad. Se dispuso una amplia difusión de la presente ordenanza.
INFO: NUEVO DIA
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domingo, 30 de noviembre de 2014
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