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jueves, 5 de julio de 2012
Limitan por ordenanza zonas para fumigar
A través de una ordenanza, el municipio de General Baldissera creó la “Zona de Resguardo Ambiental” y prohibió fumigar en el casco urbano y territorios aledaños, tomando como referencia 1.500 metros de distancia en relación a los sectores residenciales.
De esta manera, la Municipalidad se sumó a la Ley Provincial N° 9164 que regula la aplicación de productos químicos o biológicos de uso agropecuario.
Según informaron las autoridades locales, la zona de resguardo ambiental comprende todo el casco urbano y una extensión de 50 metros hacia cada punto cardinal, con la excepción del ingreso norte que alcanza una distancia que duplica la mencionada precedentemente.
Además, la prohibición rige sobre los sectores rurales que bordean el predio donde se encuentran las lagunas anaeróbicas de cloacas, la zona este de la avenida Remigio Mancini, desde calle Buenos Aires hasta la Estación de Servicios.
“En los mencionados territorios queda prohibida la aplicación de cualquier producto químico o biológico de uso agropecuario para la fumigación o fertilización agrícola y forestal. Quedan exentos los productos debidamente autorizados para la práctica de agricultura orgánica; aunque deberán contar con autorización previa”, expresa la normativa. Asimismo quedó “terminantemente negada la fumigación aérea en un radio de 1500 metros amparados por la Zona de Resguardo Ambiental”. También se prohíbe “la movilidad, la limpieza de maquinarias y equipos utilizados con la misma finalidad.
Info: La Mañana de Córdoba
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