IMPORTANTE
Sr. Contribuyente
A partir de Julio de 2015, es de aplicación la Ord. 1220/15 creando el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, que tiene por objeto regular los usos y las edificaciones a partir de su puesta en vigencia.
Cada vez que quiera realizar:
> Una demolición total o parcial.
> Una modificación agregando o quitando superficie.
> Una obra nueva.
Debe mediar la intervención de un profesional competente habilitado (M.M.O, arquitecto y/o ingeniero) y obtener el permiso de obra.
LAS OBRAS DEBEN TENER PERMISO SIN EXCEPCIONES, requiriendo para ello, cumplir la siguiente secuencia:
> Antes de iniciar el proyecto, debe solicitarse la FACTIBILIDAD.
> Antes de presentar el expediente para el otorgamiento del permiso, se requiere VISACIÓN PREVIA, LIBRE DEUDA Y TITULARIDAD DEL INMUEBLE.
> Antes de iniciar la obra, debe contar con la autorización respectiva: PERMISO DE OBRA expedido por la Oficina de Obras Públicas, cuyo número debe estar EXHIBIDO A LA VÍA PÚBLICA.
> Antes de habilitar la obra, REQUIERE DE INSPECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE PLANOS CONFORME A OBRA, otorgándose el final de obra.
> Recuerde que las mejoras y/o desmejoras, deben denunciarse en Rentas de la Provincia de Córdoba.
LAS OBRAS INICIADAS SIN PERMISO SERÁN SEVERAMENTE SANCIONADAS.
Sr. Contribuyente EVITE MULTAS
Sr. Profesional, Ud. es solidariamente responsable, EVITE SANCIONES.
INFO: MUNICIPALIDAD DE LEONES
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jueves, 21 de abril de 2016
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