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miércoles, 12 de enero de 2022

Aclaraciones sobre la renuncia del Pbro. Mario Muñoz, cura párroco de Noetinger (Cba.)

Como ya es conocido por una gran parte de la población, a partir de una nota que se dio a conocer en un medio de periodismo digital leonense, el cura Párroco de la Pquia. "Exaltación de la Santa Cruz", Pbro. Mario Muñoz ha renunciado, a pedido del Sr. Obispo diocesano a su oficio de Cura Párroco de esa localidad.

La nota abre a polémica, y así se dieron las más variadas interpretaciones y valoraciones, y siendo el p. Mario compañero sacerdote de este decanato, y miembro del presbiterio diocesano, en conciencia y en justicia siento el deber de aclarar desde la verdad, lo sucedido para dar por mi parte finalizado este tema que ha traído desasosiego a algunas personas creyentes y no creyentes de esta comunidad.

1. El P. Mario Muñoz hace algunos años, visto el amplio permiso que SS Benedicto XVI otorgó a los sacerdotes católicos para poder celebrar la Misa Gregoriana (llamada también Tridentina, de Pío V, o usus antiquor) mediante el MP Summorum Pontificum (2007), optó por celebrarla en su comunidad parroquial. El Papa en ese momento dijo que el rito Romano tenía dos expresiones, una ordinaria dada por el Novus Ordo del Concilio Vaticano II, y otra extraordinaria que constituiría la Misa también llamada “de siempre”, la Gregoriana.

2. La normativa era sumamente amplia, el sacerdote bajo ciertas condiciones podía celebrar perfectamente este rito en latín y con los misales propios y las correspondientes guías para los participantes para poder seguir adecuadamente la liturgia.

3. El Santo Padre Francisco, en julio de 2021 emite la carta Traditiones Custodes, restringiendo las amplias facultades dadas en Summorum Pontificum, determinando que la única forma del rito romano de su lex orandi es la celebrada con los misales que rigen la Misa del Concilio Vaticano II (novus ordo), sumado a eso, en diciembre pasado, se emite un documento "Responsa ad dubia" («Respuestas a las dudas») de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos sobre ciertas disposiciones del Motu Proprio Traditionis Custodes, dando normas estrictas sobre la aplicación del mismo.

4. Es claro que, tanto Traditiones Custodes, como las normas de aplicación de diciembre se constituyen en ley de la Iglesia, la que cada obispo diocesano o equiparado, debe aplicar y observar que se cumplan en su diócesis.

5. A partir de allí, y con mucha buena voluntad del obispo de Villa María, como de parte del P. Mario Muñoz, conversaron y buscaron de una y otra forma como encuadrar la obediencia que se debe a estas nuevas disposiciones, por supuesto que sin casi ya margen alguno, dada la naturaleza de la legislación que está vigente. El P. Muñoz, ha referido que ha encontrado en la celebración de la Misa Gregoriana un tesoro que no está dispuesto a abandonar, y desinterés por celebrar el rito del "novus ordo". El obispo ante esta opción es que le pide la renuncia a su oficio pastoral, puesto que la ley debe ser obedecida, más allá que varios académicos, liturgistas, y teólogos ven en las nuevas medidas errores y una notoria antipatía por el uso antiguo, aunque otros apoyan incondicionalmente las medidas.

6. Las personas, clérigos o laicos, que han optado por celebrar el uso antiguo, entiendo que lo hacen por convicciones serias de espiritualidad y amor a la Tradición (para la cual hay que tener preparación y disposiciones especiales que nadie puede juzgar) y que en la mayoría de los casos, se impone a sus conciencias, y allí no se puede entrar. Sin embargo, para la comunión con la Iglesia se pide obediencia. El p. Mario libremente ha decidido en contrario, por ello en clima amistoso, y no sin dolor de su parte, como igualmente del obispo diocesano, ha presentado su renuncia, y se retira por un tiempo. No podemos sino respetar y orar.

7. De ninguna manera ha existido intervención alguna de la Autoridad Suprema de la Iglesia (Papa o Dicasterio de la Curia Romana), todo ha sido resuelto en diálogo franco con el obispo diocesano que ha cumplido con su deber después de mucho esfuerzo y opciones que le ha ofrecido al sacerdote.

8. Frente a mal intencionadas interpretaciones o queriendo sembrar dudas, que detrás de esta situación litúrgico disciplinar, podría haber otros motivos oscuros que ocasionan la renuncia, debo como sacerdote, y colega del p. Mario, decir que no existe nada más. El tiempo de reflexión del sacerdote en cuestión no es ninguna pena canónica, sino una opción libre que él ha tomado.

Recemos todos por la unidad de la Santa Iglesia, por la restauración del orden, la disciplina para todos, y a seguir adelante con la fuerza del Espíritu Santo.

P. José María Delfino Carpené
Párroco de Leones 
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