NOS ELEGÍS TODOS LOS DÍAS PARA INFORMARTE

NOS ELEGÍS TODOS LOS DÍAS PARA INFORMARTE

MAS DE 15 MIL LECTORES POR DIA LA VISITAN

MAS DE 15 MIL LECTORES POR DIA LA VISITAN

EL ÉXITO DE LA PAGINA SOS VOS !!!

EL ÉXITO DE LA PAGINA SOS VOS !!!

PARA PUBLICITAR EN LA VIDRIERA

PARA PUBLICITAR EN LA VIDRIERA

ESPACIO PUBLICITARIO: MUNICIPALIDAD DE LEONES

ESPACIO PUBLICITARIO: MUNICIPALIDAD DE LEONES

ESPACIO PUBLICITARIO: COOP. AGRICOLA GANADERA DE LEONES LTDA

ESPACIO PUBLICITARIO: COOP. AGRICOLA GANADERA DE LEONES LTDA

ESPACIO PUBLICITARIO: DON COCO

ESPACIO PUBLICITARIO: DON COCO

ESPACIO PUBLICITARIO: BEFF LOMITERIA

ESPACIO PUBLICITARIO: BEFF LOMITERIA

ESPACIO PUBLICITARIO: AUTOSERVICIO MENDOZA

ESPACIO PUBLICITARIO: AUTOSERVICIO MENDOZA

ESPACIO PUBLICITARIO: EL RINCONCITO DEL SANDWICH

ESPACIO PUBLICITARIO: EL RINCONCITO DEL SANDWICH

ESPACIO PUBLICITARIO: MUTUAL DE AMIGOS DEL CLUB SARMIENTO

ESPACIO PUBLICITARIO: MUTUAL DE AMIGOS DEL CLUB SARMIENTO

ESPACIO PUBLICITARIO: MULTI SERVICE "TITO"

ESPACIO PUBLICITARIO: MULTI SERVICE "TITO"

ESPACIO PUBLICITARIO: ATALAYA S.R.L.

ESPACIO PUBLICITARIO: ATALAYA S.R.L.

ESPACIO PUBLICITARIO: CABURE PINTURERIA

ESPACIO PUBLICITARIO: SOTIVA SUPERMERCADO

ESPACIO PUBLICITARIO: SOTIVA SUPERMERCADO

ESPACIO PUBLICITARIO: COBERTURA DE SALUD BELL VILLE

ESPACIO PUBLICITARIO: COBERTURA DE SALUD BELL VILLE

ESPACIO PUBLICITARIO: LA NUEVA ESQUINA CARNICERÍA

ESPACIO PUBLICITARIO: LA NUEVA ESQUINA CARNICERÍA

ESPACIO PUBLICITARIO: AVICOLA LEONES

ESPACIO PUBLICITARIO: AVICOLA LEONES

ESPACIO PUBLICITARIO: AGROVIAL

ESPACIO PUBLICITARIO: AGROVIAL
Empresa especializada en: Nivelación de terrenos, limpieza de canales, excavaciones, desmontes, demoliciones, movimientos de suelo, alquiler de maquinaria, videos e imágenes aéreas.

-------------------------------------------------------------

-------------------------------------------------------------

ESPACIO PUBLICITARIO: MUTUAL DE AMIGOS DEL CLUB SARMIENTO

ESPACIO PUBLICITARIO: MUTUAL DE AMIGOS DEL CLUB SARMIENTO

ESPACIO PUBLICITARIO: BANDA ANCHA COSPUL

ESPACIO PUBLICITARIO: BANDA ANCHA COSPUL

ESPACIO PUBLICITARIO: TARJETA LOCAL Y MARCOS JUÁREZ

ESPACIO PUBLICITARIO: TARJETA LOCAL Y MARCOS JUÁREZ

ESPACIO PUBLICITARIO: Muebleria El Hogar de Los Novios

ESPACIO PUBLICITARIO: Muebleria El Hogar de Los Novios

ESPACIO PUBLICITARIO: INDUBOL S.A.

ESPACIO PUBLICITARIO: INDUBOL S.A.

ESPACIO PUBLICITARIO: "MICA" COMIDA ARTESANAL

ESPACIO PUBLICITARIO: "MICA" COMIDA ARTESANAL

ESPACIO PUBLICITARIO: EMPRESA RESCALDANI

ESPACIO PUBLICITARIO: EMPRESA RESCALDANI

PUBLICITA EN LA VIDRIERA

PUBLICITA EN LA VIDRIERA

ESPACIO PUBLICITARIO: UNIVERSO BELLEZA S.R.L.

ADVERTENCIA LEGAL: LEY 11.723

ADVERTENCIA LEGAL: LEY 11.723

PRONÓSTICO DEL TIEMPO EXTENDIDO

PARA PUBLICITAR EN LA VIDRIERA

PARA PUBLICITAR EN LA VIDRIERA

ESPACIO PUBLICITARIO: CABLEVISIÓN

ESPACIO PUBLICITARIO: LAVADERO DE ROPA Y ACOLCHADOS "A Y S"

ESPACIO PUBLICITARIO: LAVADERO DE ROPA Y ACOLCHADOS "A Y S"

ESPACIO PUBLICITARIO: LA TABLITA

ESPACIO PUBLICITARIO: LA TABLITA

ESPACIO PUBLICITARIO: HORACIO "tito" HERNANDEZ

ESPACIO PUBLICITARIO: HORACIO "tito" HERNANDEZ

ESPACIO PUBLICITARIO: LUCIANA CHIABRANDO

ESPACIO PUBLICITARIO: LUCIANA CHIABRANDO

ESPACIO PUBLICITARIO: COSPUL

ESPACIO PUBLICITARIO: COSPUL
ADVERTENCIA LEGAL : LA VIDRIERA DE LEONES (http://claudelos.blogspot.com) No se hará responsable de la información publicada, siempre y cuando se cite la Fuente de la misma. Según Art.28 de Ley 11.723 "Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas".

viernes, 19 de junio de 2020

Indemnizan a un futbolista que fue agredido durante un partido de la Liga Bellvillense

El Juzgado en lo Civil y Comercial de Bell Ville condenó a la Asociación Mutual y Biblioteca Firpo y a la Liga Bellvillense de Fútbol a pagarle una indemnización de 52.806,20 pesos, más intereses, a un futbolista que fue agredido durante un partido de la primera división local por un espectador que ingresó en el campo de juego.

El hecho ocurrió en octubre del año 2008, en la localidad de San Marcos Sud, durante un partido disputado entre el equipo local, la Asociación Mutual y Biblioteca Firpo, y el club River Plate de Bell Ville. El damnificado era jugador del equipo visitante y fue agredido en el rostro por un espectador, cuando el partido estaba suspendido por disposición del árbitro como consecuencia de las trifulcas entre los jugadores de ambas instituciones.

El golpe de puño en el rostro que le propinó el simpatizante del equipo local que ingresó indebidamente a la cancha le provocó fractura de huesos propios nasales y pérdida del olfato que determinaron una incapacidad parcial y permanente del 3%.

El juez Eduardo Bruera consideró responsables del daño sufrido por el futbolista a la entidad propietaria del predio donde se produjo el incidente y a la liga organizadora. En la sentencia, descartó que la falta de ánimo de lucro invocada por  la Liga Bellvillense de Fútbol pueda ser utilizada para desligarse de la responsabilidad. “La gratuidad no tiene reservado lugar alguno en el firmamento de los supuestos de des-responsabilidad. El compromiso del ente anida es su desempeño como único organizador del torneo y no el de mero administrador de aquel”, enfatizó el magistrado.

En tal sentido, recordó que la liga determinaba el fixture, las fechas en las cuales se llevaran a cabo los partidos, recepta los resultados, ordena la tabla de posiciones, establece los horarios y los campos de juego en donde se desarrollaran los encuentros y participa en la elección de la terna arbitral, entre otros.

“Ante el infortunio sufrido por el actor, el organismo encargado de analizar las conductas de los clubes y jugadores intervinientes, -a efectos de aplicar sanciones- fue precisamente el Tribunal de Penas (Disciplina) de la Liga Belvillense de Fútbol”, recordó.

En cambio, el juez Bruera no hizo extensiva la condena a los terceros citados coactivamente: un jugador de fútbol del equipo local, que tuvo un altercado con el damnificado, pero que no le propinó el golpe que causó la lesión en la nariz; el club visitante, que no tuvo relación alguna con la organización del evento; y el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba.

En tal sentido, el magistrado expresó que el cuestionamiento que se le efectúa al servicio de policía adicional “no se justifica”, puesto que durante el incidente cumplió con el servicio de seguridad. De las constancias de autos y en particular de la prueba testimonial se desprende el fiel cumplimiento del servicio de seguridad por parte de la policía, no siendo pasible de reproche alguno. “En efecto, se encuentra largamente acreditada la presencia de los efectivos policiales en los lugares previamente acordados entre la Liga y el encargado del servicio, como la participación activa de aquellos ante el ingreso intempestivo del espectador”, remarcó el juez.

“No parece razonable pretender que la responsabilidad del Estado provincial general en orden a la prevención de delitos pueda llegar a involucrarlo a tal extremo en las consecuencias dañosas que ellos produzcan con motivo de hechos extraños a su intervención directa”, agregó.

Info: Poder Judicial de Córdoba
------------------------------------------------------

No hay comentarios: