ASÍ ACTÚA APROSS ANTE UNA DISCAPACIDAD.
En Argentina la LEY 22.431de 1981 sobre el SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE DISCAPACIDAD contempla la REHABILITACIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Las obligaciones de APROSS con la discapacidad están regidas, además, por la LEY NACIONAL 24.901 y la LEY PROVINCIAL 9.277 que deben asegurar la igualdad en el acceso a las prestaciones de salud garantizando una atención integral a las personas con discapacidad incluyendo la cobertura de tratamientos de rehabilitación, médicos, de apoyos educativos y asistenciales y de talleres o espacios que promueven la inserción social.
La realidad es que esos derechos legales que amparan al discapacitado no siempre se cumplen como es el caso de la administradora de seguro de salud APROSS para con nuestro hijo Joaquín Emiliani.
Joaquín posee una patología neurológica que requiere, entre otras, de la asistencia de un AYUDANTE TERAPÉUTICO, por ello se presentó rigurosamente al área de discapacidad de APROSS toda la documentación requerida a comienzo de cada año y de cada mes de 2023,2024 y 2025, para que se autorice la cobertura.
En el año 2023 recibimos del área de discapacidad de APROSS la notificación de que se daba lugar a 8 hs. semanales de cobertura por REINTEGRO y terminan, sin explicación alguna, pagando esporádicamente 6hs. (sólo el 1,81% de lo acordado se nos transfirió), y lo mismo ocurrió en el 2024(el 1,83% transferido).
Lo peor sucede a comienzo del año en curso. ya que directamente quitan la cobertura argumentando que como la AYUDANTE TERAPÉUTICA de Joaquín es la Directora de PROYECTAR E.D.I.L.S. (espacio para la inclusión social y laboral para personas con discapacidad en Leones-CBA.), y en el horario que Joaquín asiste también lo ha hecho otro afiliado durante sólo tres meses, se retira la cobertura como si compartir con el otro no fuese necesario.
Como papás nos preguntamos dónde quedó el cumplimiento de la obligación de APROSS con Joaquín en el tiempo anterior y posterior a tal coincidencia?.
Como alternativa desde el área de discapacidad de APROSS nos proponen cambiar de AYUDANTE TERAPÉUTICO y nuestra respuesta es pedir que lean los informes clínicos que los profesionales les han hecho llegar sobre Joaquín y comprendan que JOAQUIN A PESAR DE SU DISCAPACIDAD TIENE SENTIMIENTOS COMO CUALQUIER PERSONA …NO ES UN ROBOT AL QUE SE LE PUEDA CAMBIAR PIEZAS, y recurrirá otro A.P. implicaría un significativo retroceso en sus esforzados logros y en los lazos afectivos que generó y que le sirven como valioso estímulo en su accionar cotidiano.
Exigimos a APROSS que ponga el mismo énfasis demostrado a la hora de debitar la cuota afiliatoria de Joaquín en el respeto de sus derechos como persona con discapacidad.
Agradecemos al Dr. Jorge Margherit que siempre estuvo dispuesto a elaborar los informes requeridos y ha contactado a personas influyentes para que intervengan en la resolución favorable de nuestra petición: RESPETAR LOS DERECHOS DE JOAQUÍN ELIGIENDO EL MEJOR CAMINO PARA SUPROGRESO, pero lamentablemente la respuesta fue CASO OMISO NUESTRA DUDA COMO PROGENITORS DE JOAQUÍN ES SI APROSS REALMENTE ADMINISTRAEL SEGURO DE SALUD DE QUIENES SON DISCAPACITADOS O SIMPLEMENTE UTILIZA ESE SELLO PARA NO PERDER AFILIACIONES,PORQUE ASEGURAR NO NOS ASEGURANADA .
SABEMOS QUE EL CASO DE JOAQUIN NO ES LA EXCEPCIÓN, POR LO TANTO INVITAMOS A QUIENES DESEEN DEFENDER LOS DERECHOS DE SUS FAMILIARES DISCAPACITADOS Y SE IDENTIFIQUEN CON ESTA SITUACIÓN SE SUMEN A LOS RECLAMOS POR SUS DERECHOS, PUES MÁS ALLÁ DEL ASPECTO ECONÓMICO LO QUE SE ESTA PISOTEANDO ES EL RECONOCIMIENTO Y RESPETO A LA DISCAPACIDAD .
MUCHAS GRACIAS POR EL ESPACIO ....
ÁNGELES BEATRIZ PALACIOS MIGUEL ANGEL EMILIANI
DNI 12.091.045 DNI 6.556.087
-----------------------------------------------------------------------------------------
No hay comentarios:
Publicar un comentario